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1- La elección:
El Parlamento se compone de dos Cámaras cuyos miembros son elegidos por la nación. Los 325 miembros de la Cámara de Diputados son elegidos en un sufragio universal directo para un período de 5 años .
Los miembros de la Cámara de Consejeros son eligidos cada nueve años en sufragio universal indirecto. Están designados en la proporción de tres quintas en cada región por un colegio electoral compuesto por los representantes
de las colectividades locales y con una proporción de dos quintas en cada región por colegios electorales compuestos por elegidos de las cámaras profesionales y de miembros elegidos a escala nacional

por el colegio electoral formado por representantes de los asalariados. El Parlamento celebra dos sesiones al año y puede convocar una sesión extraordinaria por demanda de la mayoría absoluta de una de las dos cámaras o del Gobierno, según viene en la constitución. Las sesiones son públicas y cada cámara establece su reglamento interior cuya conformidad con la Constitución está sistemáticamente controlada por el
Consejo Constitucional. El Presidente de la Cámara de Diputados es eligido al principio de la legislatura y en la sesión de abril del tercer año de esta última; el Presidente de la Cámara de Consejeros es eligido al principio de la sesión de octubre y durante cada renovación de la Cámara.

2- El despacho:

Órgano administrativo y político del Parlamento, el despacho es considerado como el “ejecutivo” de las cámaras. Los miembros del despacho de la Cámara de Diputados se eligen por la representación proporcional de los  grupos para un período de un año y los del despacho de la Cámara de Consejeros cada tres años después de cada renovación. Cada una de las cámaras dispone de un despacho compuesto “por un Vice-presidente encargado de asistir al Presidente y substituirlo, un cuestor encargado de los problemas de la administración interior y por secretarios encargados de controlar los votos y redacatar las actas”. El sistema electoral permite una representatividad de todas las formaciones.

3- Las comisiones:

Un esfuerzo de racionalización interviene en el número de comisiones. Son seis hoy en día. Según el reglamento interior, los miembros de las comisiones son elegidos por la representación proporcional de los grupos. Se trata de una técnica electoral que permite a cada cámara la representatividad de los elegidos de la oposición. Los Ministros tienen acceso a las comisiones y pueden estar asistidos por comisarios que designan ellos mismos.

4- Los grupos parlamentarios:

Los grupos parlamentarios desempeñan un papel fundamental en la organización del trabajo dentro de las cámaras. Citados únicamente en la Constitución en ocasión de la designación de ciertos órganos, están regidos por el reglamento interior de cada cámara. Existen dos condiciones previas a la constitución de un grupo parlamentario: un número mínimo de doce elegidos y la presentación de la lista de miembros al Presidente de la cámara a partir de la elección de éste. La presentación de la lista de miembros al Presidente no implica ninguna apreciación jurídica u otra por parte de este último.   

El número requerido para formar un grupo no hace consenso. Para la mayoría de los responsables de los grupos, la línea fijada es muy baja y contribuye a empeorar el desmenuzamiento de las fuerzas políticas resaltando su carácter a veces artificial. Un deseo ampliamente compartido tiende más bien hacia un número más elevado en vista de limitar el número de formaciones y obtener una base política más coherente.                                             


 

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