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Contarato programa para la modernización de la empresa de la prensa escrita concluido entre el Gobierno Marroquí, representado por su Ministro de Comunicación, y la Federación Marroquí de los Editores de Periódicos

Preámbulo
El importante cambio democrático que conoció Marruecos y el proceso de reformas económicas y sociales que se había emprendido estos últimos años confiere a los medios de comunicación un papel cada vez más relevante.

En este marco, es necesario promover y modernizar la empresa de prensa escrita para acompañar los desarrollos sostenidos del ejercicio mediático, con relación a la creciente toma de conciencia de la importancia del sector y de su papel en la construcción de un proyecto de sociedad moderna y democrática en nuestro país. 

A este propósito, en su discurso pronuciado en ocasión de la fiesta del Trono del 30 de julio de 2004, Su Majestad el Rey dijo: “como la reforma del campo político quedaría incompleta sin el remate de la reforma global del panorama mediático, tomando en consideración su íntima interdependencia en la labor de democratización del Estado y de la sociedad, estamos decididos a proseguir las reformas fundamentales del panorama nacional...A este respecto, esperamos que el Gobierno favorezca la emergencia de empresas de medios de comunicación profesionales, libres y credibles. Debería también permitir a la prensa escrita dotarse, en concertación con los diferentes actores interesados y en un marco contractual, de un Orden profesional que serviría como órgano de representación y de regulación, y velaría por el respecto de la deontología de la profesión, con el fin de premunirla contra toda práctica suceptible de causar perjuicio a su noble misión.”

Reconociendo el papel vital desempeñado por este sector en la consolidación de la identidad marroquí y sus valores a los cuales apela nuestro país tales como están consagradas por la Constitución: Derechos Humanos, Estado de Derechos, libertad de expresión y pluralismo;

Reconociendo que el derecho a la información es un pilar indispensable para el ejercicio de la profesión de la prensa, y que el derecho a informar y ser informado es esencial para un sano y credible ejercicio de esta profesión;

Considerando la importante dimensión económica que reviste en adelante el sector de la prensa escrita y la convicción de las autoridades públicas y de los editores de prensa de la necesidad de dotarle con todos los medios modernos y de valorizar sus recursos humanos, tratando de hacerle beneficiar de los dispositivos referidos a la modernización de la economía nacional para instaurar la cultura de la transparencia, de un ejercicio riguroso de la profesión, de la responsabilidad social y de la eficiencia económica;
Tras un estudio de las disposiciones contenidas en el presente contrato programa, el Gobierno marroquí, representado por el Ministro de Comunicación, y la Federación Marroquí de los Editores de Periódicos (FMEP), convienen tras un acuerdo común, establecer las herramientas y los medios suceptibles de modernizar este sector, conforme a los objetivos del presente contrato programa y a las siguientes cláusulas:

1- La Comisión Paritaria de la Prensa Escrita:
Incumbe a la Comisión Paritaria de la Prensa Escrita (CPPE) estudiar los expedientes de las empresas de prensa escrita que beneficiarán de las disposiciones del presente Contrato Programa.

Esta Comisión entregará un número propio a cada empresa de prensa escrita que le permitiría beneficiar de la ayuda pública acordada por las autoridades gubernamentales.

La Comisión Paritaria se reserva el derecho a quitar el número del CPPE, en el caso de incumplimiento de una de las condiciones requeridas, y de restituirlo si las condiciones se reunen de nuevo.
 
La Comisión está compuesta por 12 miembros:
- 6 miembros representan las autoridades gubernamentales;
- 6 miembros representan los editores cuyo tercio (1/3) es reelegido cada dos años.

Está presidida por un representante de la autoridad gubernamental encargado de la Comunicación.

Esta Comisión establece su reglamento interior que define sus modalidades de funcionamiento. Designa a un secretario permanente para el control.

La Comisión puede invitar representantes de los sectores públicos o de los organismos profesionales u otros a participar en sus reuniones cada vez que lo juzga necesario.

La composición de la CPPE así como las condiciones de obtensión del número están estipuladas en el anexo 1.

La Comisión Paritaria designa a una subcomisión encargada de fijar los elementos de cálculo de la distribución de la ayuda pública, formada por representantes del Ministerio de la Comunicación, del Ministerio de Finanzas y de la FMEJ.

2- Organización profesional de la Prensa 
Las dos partes obrarán, en coordinación con las organizaciones profesionales y sindicales interesadas, para desarrollar la concertación en torno al estudio del marco profesional adecuado encargado de velar por el respeto de la deontología, organizar, regular la profesión y premunirla contra todo acto suceptible de causar prejuicio a la nobleza de su misión, en conformidad con el discurso real pronunciado en ocasión de la fiesta del Trono el 30 de julio de 2004.

3- Comisión de Difusión de la Prensa
Las dos partes crearán una comisión para estudiar los medios de mejoramiento de las condiciones de difusión de la prensa, compuesta por representantes del Ministerio de la Comunicación y de los editores de periódicos en coordinación con los distribuidores de prensa.

El objetivo de esta comisión es formular estrategias precisas y operacionales para el desarrollo de la lectura de la prensa marroquí en Marruecos y en el extranjero. Obra, además, para levantar todos los obtáculos que pueden estorbar la libre difusión o la sana competencia dentro de este sector.

La comisión puede invitar a representantes de los sectores públicos o organismos profesionales u otros a  participar en sus reuniones, cada vez que lo juzga necesario.

El anexo 2 define la composición de esta comisión.

4- Modernización de las empresas de prensa ecrita.
El Ministerio de la Comunicación, la Federación de los Editores y la Agencia Nacional para la Promoción de las Pequeñas y Medianas Empresas (ANPME), firmarán un convenio para acompañar el proceso de modernización de las empresas de prensa escrita, así como el desarrollo de las prestaciones de la FMEJ como asociación profesional que representa al sector.

Este convenio cubre los ámbitos de la formación, la modernización, el equipamiento, la organización, los estudios, la asistencia jurídica y fiscal y la garantía de crédito ante las entidades bancarias.

La  FMEJ y las empresas de prensa escrita, mobilizados en forma individual o agrupada, podrán beneficiar de un dispositivo integrado de apoyo definido en los anexos:
- Apoyo a la Federación Marroquí de los Editores de Periódicos (FMEJ) (anexo 3).
- Apoyo a las empresas de prensa escrita (anexo 4).
- Mecanismo de financiación (anexo 5).

5- Ayuda pública 
Las ayudas públicas directas prestadas a las empresas de prensa escrita elegibles están concedidas, en el límite de los créditos abiertos anualmente, bajo forma de subveciones para contribuir a la financiación de sus programas de modernización, especialmente los gastos necesarios al equipamiento y aquellos relativos a la compra de papeles, teléfonos, fax, conexión al internet, la asignación de páginas web y el coste de tranporte de los periódicos al extranjero.

Se concede la ayuda a las empresas de prensa escrita proveída del número de la comisión paritaria.

Las empresas de prensa escrita benefician igualmente de tarifas preferenciales para el desplazamiento de los periodistas y para el transporte de la prensa nacional en Marruecos y en el extranjero. 

La subcomisión que dimana de la comisión paritaria, calcula la distribución de la ayuda pública referiéndose al anexo 6. Presenta los resultados de sus trabajos a la comisión paritaria para aprobarlos.

Esta comisión puede conceder, a título excepcional, y para un período limitado, una parte de la ayuda pública, a empresas que no poseen un número de comisión con el fin de ayudarles a cumplir todos los requesitos.

6-  Oficina de Justificación de la Difusión (OJD)
La empresa de prensa escrita que posee un número de la comisión paritaria debe aderirse a la OJD.

7- Comisión de fiscalidad
Una comisión de fiscalidad de las empresas de prensa escrita fue creada. Está compuesta por los representantes de los editores de periódicos y de los poderes públicos. Está encargada de estudiar los asuntos y medidas relativas a los aspectos fiscales del sector de la prensa y emitir proposiciones y medidas prácticas para reducir los incidentes financieros y el peso de la fiscalidad sobre la empresa de la prensa escrita.

La Comisión de la fiscalidad de la prensa escrita podrá gozar de todas las peritaciones necesarias para lograr esta finalidad.

El anexo 7 establece la composición de esta comisión.

8- Formación Profesional y Desarrollo de las Competencias
Para mejorar la productividad del sector de la prensa, el Ministerio de la Comunicación  convendrá de acuerdo con la Oficina de la Formación Profesional y de la Promoción del Trabajo (OFPPT) y la FMEJ, un plan de formación a favor de todas las categorías de empeados del sector.

Este plan de formación se elaborará conforme a las disposiciones y procedimientos del sistema de los Contratos Especiales de Formación.
Una convenio específico se firmará a este efecto entre el Ministerio de la Comunicación, la Secretaría de Estado en la Formación Profesional, la OFPPT y la FMEJ.

Un plan de formación continua se establecerá también en el marco de una colaboración entre la Federación Marroquí de los Editores de Periódicos, el Sindicato Nacional de la Prensa Marroquí y el Instituto Superior de la Información y la Comunicación (ISIC) dependiente del Ministerio de la Comunicación.

Estos convenios se anexionarán al presente Contrato Pograma.

9- Publicidad en la prensa escrita
En el marco de una estrategia de acción para fomentar la inversión publicitaria en la prensa escrita, el Ministerio de la Comunicación obrará por:
- Participar en el recubrimiento de las empresas de prensa escrita atrasadas en lo relativo a la publicación de los anuncios administrativos ante los organismos públicos.
- Establecer mecanismos fiables y dispositivos rápidos de pago de los anuncios administrativos estatales.
- Revisar al alza los precios de los anuncios administrativos según la reglamentación en vigor.
- Velar por la regulación del mercado publicitario a nivel arancelario, especialmente entre la prensa escrita y la audiovisual, y por la protección de las cuotas del mercado de la prensa escrita.
- Velar por la limitación de las prácticas de inserción publicitaria pública gratuitamente o con tarifa reducida.
- Velar, por la distribución equitable de los anuncios administrativos y legales entre las empresas de prensa escrita.

10- Beneficio de un espacio sobre el portal oficial de Marruecos
Las empresas de prensa escrita que disponen de un número y que manifiestan un deseo de ello, pueden beneficiar de un espacio en el portal oficial de Marruecos para facilitar su disposición de un sitio sobre la red de internet y su inclusión en los desarrollos tecnológicos modernos.

En este sentido, se firmará un covenio entre el Ministerio de la Comunicación y el Ministerio Delegado ante el Primer Ministro Encargado de los Asuntos Económicos y de los Asuntos Generales y la FMEJ.

11- Consolidación de la organización de la profesión
La FMEJ se compromete a velar por la aplicación de las disposiciones del presente contrato programa incitando las empresas de prensa a conformase con el. Se compromete igualmente a organizar acciones de mobilización y de sensibilización para animar las empresas de prensa escrita a modernizar su organización y sus modos de gestión y para promover la situación de sus asalariados.

12- Aplicación del Contrato programa
Este Contrato programa ha sido firmado entre el Gobierno marroquí representado por el Ministro de la Comunicación y la Federación Marroquí de los Editores de Periódicos.

Este contrato programa constituye el marco global para la modernización y el desarrollo del sector de la prensa en nuestro país.

Las dos partes celebran una reunión anual para evaluar la ejecución del presente contrato programa. Un representante del Sindicato Nacional de la Prensa Marroquí asiste a esta reunión como observador.

El período de validez del presente contrato programa es de cinco años rennovables.

Este contrato programa está actualizado entre ambas partes cada vez que es necesario.

Este programa entra en vigor a partir del primero de abril de 2005. Estas disposiciones son aplicables con efecto retroactivo a partir del 1ero de enero de 2005.
SJIRAT, el 11 de marzo de 2005 
                                            
Anexos
 
Anexo 1 : La Comisión Paritaria de la Prensa Escrita

La Comisión Paritaria está compuesta de:
- Seis representantes de los poderes públicos distribuidos del modo siguiente:
• Cinco representantes del poder gubernamental encargado de la Comunicación;
• Un representante del poder gubernamental encargado de las finanzas;
- Seis representantes de los editores generales designados por la Federación Marroquí de los Editores de Periódicos.

Las condiciones para la obtención del número de la Comisión son las siguientes:
1- La publicación o la empresa de prensa escrita debe estar en una situación regular ante las leyes en vigor.
2- A excepción de los periódicos partidarios, la publicación o la empresa de prensa escrita debe someterse al código de las empresas y tener su sede en Marruecos;
3- La publicación o la empresa de prensa escrita debe tratar informaciones nacionales o regionales;
4- La publicaidad no tiene que superar el 50% como media anual del espacio de la publicación.
5- la publicación o la empresa de prensa escrita debe estar destinada al público a un precio determinado o por suscripción;
6- La publicación o la empresa de prensa escrita debe firmar el Convenio colectivo propio a los periodistas después de su aprobación por la Federación Marroquí de los Editores de Periódicos y el Sindicato Nacional de la Prensa Marroquí teniendo como fecha límite el 1ero de abril de 2005.
7- La publicación o la empresa de prensa escrita tiene que emplear por lo menos:
• Un jefe de redacción, 7 periodistas profesionales y 7 empleados para los diarios;
• Un jefe de redacción, 4 periodistas profesionales y 5 empleados para los semanales;
• Un jefe de redacción y 3 periodistas profesionales para los diarios regionales;
• Un jefe de redacción y 2 periodistas profesionales para los semanales regionales;
8- Se exige una regularidad en la aparición y una publicación regular de dos años para las publicaciones que aparecen por primera vez;
9- La publicación o la empresa de prensa escrita debe publicar anualmente las cuentas de explotación;
10- La publicación o la empresa de prensa escrita tiene que publicar su tirada para cada número.

Anexo 2: Comisión de Difusión de la Prensa
Composición de la comisión:
- Dos representantes del Ministerio de Comunicación.
- Dos representantes de la Federación Marroquí de los Editores de Periódicos.
- Un representante de SOCHEPRESS.
- Un representante de SAPRESS.

Anexo 3: Apoyo a la FMEJ
En virtud del presente convenio, la FMEJ, como asociación profesional que representa al sector, podrá beneficiar de las disposiciones del Programa Nacional de Modernización relativo al desarrollo de las prestaciones de las asociaciones profesionales, especialmente:
- Realizar estudios sectoriales, con el fin de hacer un diagnóstico de la situación actual del sector y dotar las empresas de todas las informaciones útiles acerca de las potencialidades y las estrategias de desarrollo así como las evoluciones del mercado y de las tecnologías.
- Desarrollar y aplicar programas de asistencia integrada (técnica y financiera).
- Promover un peritaje a corto plazo a favor de la Federación para el desarrollo de sus prestaciones:
• Dignóstico de las necesidades.
• Asistencia en la definición y la aplicación de los planes de acción estructurante con el fin de reforzar la Federación y promover el sector.
- Instalar sistemas de información.
- Aplicar acciones profesionales en el sector.
- Aplicar programas de acompañamiento agrupado a favor de los miembros de la FMEJ.

Anexo 4: Apoyo directo a las empresas de prensa escrita
En virtud del presente convenio, la empresa de prensa escrita podrá beneficiar, en el marco del Programa Nacional de Modernización, de la definición y la modernización de los programas de asistencia integrada (técnica y financiera).

  • Diagnóstico estratégico:
    - Identificar los puntos fuertes y débiles de las empresas.
    - Determinar el posicionamiento de la empresa en comparación con la competencia nacional e internacional.
    - Establecer el plan de modernización a corto, medio y largo plazo.
  • Plan de negocios:
    - Proponer opciones de inversión (materiales y inmateriales).
    - Definir el presupuesto previsional.
    - Establecer el esquema de financiación más apropiado.
    - Estudiar la rentabilidad de las inversiones previstas.
    - Definir el calendario de instauración.
  • Aplicación del plan de modernización:
    Sobre la base del diagnóstico establecido, la empresa estará en condiciones de establecer de manera clara sus necesidades en materia de:
    - Inversiones materiales, vinculados con la modernización de la herramienta de producción.
    - Inversiones inmateriales que tienen un impacto sobre la valorización de los factores de competitividad de la empresa, tales como:
    • Introducir nuevas técnicas de producción.
    • Mejorar el sistema de información contable y reforzar la capacidad de control de los costes.
    • Llevar a cabo reestructuraciones financieras para facilitar el acceso al crédito.
    • Perfeccionar las competencias y mejorar las prácticas de gestión.
    • Desarrollar capacidades de comercialización.
    • Introducir tecnologías de información y promover la información electrónica.
    • Desarrollar colaboraciones y alianzas a nivel nacional e internacional.

Anexo 5 : Mecanismos de financiación
Las empresas de prensa escrita podrán beneficiar de los siguientes mecanismos de financiación:
1- líneas extranjeras de crédito:
Cuatro líneas extranjeras de crédito están puestas, actualmente, a la disposición de las PME marroquíes para financiar sus inversiones a medio plazo. Estas líneas están instauradas en el marco de unos acuerdos bilaterales entre Marruecos y algunos países de la Unión Europea para permitir la financiación de la compra de equipamientos, bienes y servicios procedentes de los países signatarios del convenio: Italia, Alemania, Francia y Portugal.
1- líneas extranjeras de crédito.
2- Línea capital riesgo:
La línea de capital riesgo tiene por objetivo consolidar los fondos propios de la empresa candidata a la modernización y compensar la insuficiencia de sus capacidades de autofinanciación.
3- Fondos de garantía:
Los fondos de garantía permiten facilitar el acceso de las empresas a los créditos bancarios para financiar sus programas de inversión.
Los fondos de garantía disponibles para la empresa de prensa escrita:

  • El FOGAM: facilita el acceso de las empresas a los créditos bancarios, a condiciones ventajosas, con el fin de permitir la financiación de los programas de modernización hasta un máximo de 70% del coste.
  • Parte de la garantía hasta el 60% del crédito principal más 6 meses de intereses. Comisión de garantía: 0.25% al año del saldo pendiente en principal. Las seguridades están fijadas en función del riesgo evaluado por el banco y la CCG.
  • El FGIC facilita el acceso a la financiación bancaria para las PME que trabajan en el sector de las industrias culturales, para los proyectos de inversión material e inmaterial, producción y adquisición de empresas y las operaciones de refuerzo del fondo de operaciones que acompañan un proyecto de inversión.
    - Operaciones eligibles: prensa escrita, edición de libros y producción y distribución de contenido multimedia.
    - Parte de la garantía hasta el 70% del saldo pendiente en la operación garantía, que se aplica al principal del crédito para un período límite de 7 años.

4- fondos específicos para la modernización:
Se han instaurado fondos específicos destinados a financiar los programas de modernización de las empresas. Estos fondos son, generalmente, mecanismos de co-financiación entre el Estado (y eventualmente algunos proveedores de fondos extranjeros) y los bancos.

FOMAN (Fondo Nacional de la Modernización): financiación de los programas de modernización de las empresas industriales que cubren las inversiones materiales y la asistencia técnica:

  • Asistencia técnica a las empresas por consultantes para mejorar su competitividad. Las empresas de prensa escrita que entran en la categoría edición e imprenta como actividad industrial, podrán beneficiar de la toma en cargo hasta el 80% del coste de la operación de asistencia con un techo de 400.000 DH por empresa. Los fondos propios del coste de la operación antes de su comienzo 20%.
  • Inversión material: Mecanismo de co-financiación entre el Estado y los bancos, según la siguiente participación:
    -El fondo: 30% como máximo del programa de modernización con un techo de 5.000.000 DH y un tipo de interés de 2% impuestos no incluidos.
    -Crédito bancario (medio y largo plazo) con 50% como máximo del programa de modernización, el tipo de interés es negociable con el banco.
    -Fondos propios y casi fondos propios: 20% como mínimo del programa de modernización.
    -Duración de reembolso de 5 a 12 años con un diferido de reembolso máximo de 3 años.

Anexo 6: cálculo de la distribución de la ayuda pública
-80% de las subvenciones públicas están reservadas a los títulos nacionales.
-La ayuda concedida a los títulos regionales, está fijada en el límite de 20% de los créditos abiertos.
La ayuda se distribue como sigue:
  Papel prensa:
-Las publicaciones cuya tirada es inferior a 20.000 ejemplares benefician de 40% del precio real del papel prensa.
-Las publicaciones cuya tirada es superior a 20.000 ejemplares benefician de 30% del precio real del papel prensa, en el límite de un techo de 50.000 ejemplares cuantificados.

Teléfono, Fax y líneas especializadas :
Se concede esta subvención con un máximo de los 50% de las cargas de la empresa de prensa en el límite de 6 líneas.
La suscripción a los servicios de la Agencia MAP:
La empresa de prensa beneficia de una reducción de 30% de los gastos de suscripción a los servicios de la MAP.

Transporte de los periódicos al extranjero:
La empresa de prensa escrita beneficia de una subvención relativa al transporte de los periódicos al extranjero en el límite de los créditos anualmente dedicados a tal efecto. 
       
Anexo 7: Comisión de fiscalidad de las empresas de prensa escrita
Composición de la comisión:
-Dos representantes del Ministerio de Comunicación.
-Un representante del Ministerio de Finanzas.
-Dos representantes de la Federación Marroquí de los Editores de Periódicos.

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